lunes, 21 de junio de 2010

Devolución de impuestos


Devolución de impuestosPublicado por admin - 21/01/10 a las 09:01:04 pm
Quizás alguna vez te hayas preguntado qué es la devolución de impuestos. Aquí en
Los Impuestos te lo explicamos.

La devolución de impuestos es, en principio, un derecho de todos los contribuyentes. Esta devolución de impuestos permite que los contribuyentes recuperen los saldos a su favor, o en algunos casos dinero que han pagado de más por algún error al calcular los impuestos.
En cuanto a la metodología para la devolución de impuestos, en 2006 se realizó una reforma al Código Fiscal de la Federación (CFF) que obliga a los contribuyentes que pretenden una devolución de más de $25,000 contar con su Firma Electrónica Avanzada (Fiel) en vigencia.
Aquí tienes las diferentes solicitudes que deberás presentar ante el SAT para obtener una devolución de impuestos:
Devolución de saldos a favor del Impuesto sobre la Renta.
Devolución de saldos a favor del IVA.
Devolución de saldos a favor del Impuesto al Activo.
Devolución de saldos a favor del Crédito Diesel.
Devolución por pagos indebidos.
La devolución de los impuestos es un tema que muchos de nosotros ignoramos, siempre tenemos la idea de que tenemos que pagar y pagar, siempre en nuestra contra, sin embargo si llevamos unas finanzas sanas, respetando las normas, lo más probable es que tengamos impuestos a nuestro favor y al final del ejercicio fiscal se pueda tener un estado a favor.
Como sugerencia se recomienda tener la asesoría de un experto para que se encargue de los aspectos fiscales, contar con el apoyo de un profesional para que realice su mejor esfuerzo y nos brinde información adecuada y oportuna.
Varios son los rubros en los cuales podemos tener devoluciones a favor dependiendo de la forma en la cual estamos afiliados al SAT.
Muchos de los trabajadores asalariados no están dados de alta ante el SAT pero quincenalmente se les retienen sus impuestos, estas personas al no estar dados de alta no pueden reclamar su devolución en caso de que así lo fuera.
Con información de http://www.losimpuestos.com/

No hay comentarios:

Publicar un comentario